miércoles, 22 de marzo de 2017

REINCORPORATORIO / RECUPERATORIO

REINCORPORATORIO
¿Quiénes deben rendir el examen reincorporatorio?
Deberán rendir los alumnos que estén en condición de libres para reincorporarse como alumnos regulares en la materia.
Aquellos alumnos que excedan el 25% de inasistencias en un cuatrimestre pasan a la condición de alumnos libres, sin poder rendir el parcial de dicho cuatrimestre hasta aprobar el Examen de Reincorporación.
Aprobado el Reincorporatorio correspondiente, el alumno tiene la posibilidad de RECUPERAR su parcial , a través del exámen RECUPERATORIO en el mismo día. 
¿Me puedo quedar libre en los dos cuatrimestres?
No, el alumno solo podrá quedarse libre en un solo cuatrimestre.  Al quedar libre en los dos cuatrimestres se pierde la regularidad en la materia, deberá recursarla.
Se tomará un examen escrito sobre los contenidos dados correspondientes al cuatrimestre a reincorporar.
Ese mismo día también se entregará carpeta del parcial correspondiente al cuatrimestre a reincorporar y un TP Recuperatorio.

RECUPERATORIO
¿Quiénes deben rendir el examen RECUPERATORIO?
Este examen lo darán aquellos alumnos que estuvieron ausentes o reprobaron la entrega parcial del cuatrimestre, o se reincorporaron.
¿Puedo recuperar los dos parciales cuatrimestrales?
No, solo se puede recuperar una entrega cuatrimestral.
Presentacíón de carpeta con  todos los TP correspondientes al cuatrimestre a recuperar y entrega de un TP Recuperatorio.

NOTA: Aprobados los dos parciales, se puede optar por rendir el final en Diciembre o Marzo.
Si se ha aprobado sólo un parcial solo se podrá rendir el final en Marzo.
Se agregarán trabajos prácticos o de investigación dentro de los temas dictados, al alumno que por tener un solo Parcial aprobado, pase directamente a rendir en Marzo.

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